Bonificación por Zona Austral
Información previsional para jubilados patagónicos
Memo de la asesoría previsional de APJAE (Dra. Beatriz Torres) sobre el cálculo de la Bonificación por Zona Austral para jubilados y pensionados.
Qué es
De acuerdo a la Ley N° 19.485, se aplica un coeficiente de bonificación de 1,40 a las jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, graciables y la pensión honorífica para veteranos de guerra de Malvinas que se abonan a beneficiarios que residen en las provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones (Provincia de Buenos Aires).
Pautas de aplicación
- Se requiere residencia efectiva o real radicación en las zonas de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Sector Antártico, Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur, La Pampa y el Partido de Carmen de Patagones (localidades Juan A. Pradere, Carmen de Patagones, Cardenal Cagliero / José B. Casas, Emilio Lamarca / Stroeder, Igarzábal / Villalonga), y para beneficiarios ex trabajadores de YCRT residentes en Puerto Natales (Chile).
- Quienes dejen de residir en esas zonas dejan de percibir la bonificación a partir del mes siguiente al cambio de domicilio o de agente pagador.
Cambio de interpretación de ANSES (DP 70/15)
Hasta diciembre de 2015 el adicional se consideraba parte integrante del haber para todo lo referente a quitas o deducciones, y estaba sujeto a la escala de deducción del Art. 9 de la Ley 24.463 (Solidaridad Previsional).
Con la Disposición DP 70/15, ANSES estableció que, por tratarse de una prestación de naturaleza no previsional (el derecho al cobro se genera por la residencia), el tope del haber máximo debe aplicarse al haber mensual excluyendo el adicional por Zona Austral. Es decir: al haber previsional topeado se le debe adicionar la Bonificación por Zona Austral, que queda afuera de los descuentos de la Ley de Solidaridad Previsional.
Resumen
- La Bonificación por Zona Austral representa el 40% del total de haberes.
- A partir del mensual 1/2016, si el haber es inferior al máximo, se liquida el 40%; si es superior al máximo legal, el 40% se calcula sobre el haber máximo.
- Sobre dicha prestación no se aplican descuentos de la Ley de Solidaridad Previsional.
- No es necesario realizar ningún trámite: ANSES aplicó los nuevos parámetros en forma automática.
Última actualización: 29 de octubre de 2026